miércoles, 11 de marzo de 2015

Un riesgo laboral es la posibilidad de que un trabajador padezca un determinado daño derivado con el trabajo.

Legislacion em materia de prevencion de riesgos laborales

- Constitución española 1978 (articulo 40.2)

- Estado de los trabajadores (articulo 19)

- Lei 31/1995 de prevencion de riesgos de laborales

- Reglamento de los servicios de prevención


La LPRL se aplica:

- Trabajadores por su cuenta

- Personal civil de las administraciones publicas

- Trabajadores autónomos

- Sociedad cooperativa

La LPRL no se aplica:

- Policía, seguridad y servicio de vigilancia

- Protección civil

- Fuerzas armadas y activad militar de la guardia civil

- Trabajadores al servicio del hogar


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